Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ley-organica-procuraduria-ambiental-ordenamiento-territorial/11
Ley
Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México
Artículo
11

Artículo 11 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las y los consejeros del gobierno tienen derecho a ir a las juntas y a dar su opinión (voz) y a votar. También pueden contar al grupo los avances de sus trabajos y dar el sí o no a los temas que les toquen. Deben firmar, junto con la presidenta o presidente, todos los acuerdos o decisiones que se tomen en la junta. Además, pueden hacer otras cosas que les indiquen la ley o el reglamento.

Texto oficial

Artículo 11.- Las y los Consejeros Gubernamentales tendrán las siguientes facultades: I. Asistir con voz y voto a las sesiones del Consejo; II. Participar en las sesiones del Consejo en los términos establecidos por el artículo 15 de la Ley; III. Informar al Consejo los resultados o avances obtenidos en las diferentes responsabilidades que les sean encomendadas por el mismo; IV. Aprobar, en su caso, los asuntos sometidos a su consideración, o emitir las opiniones derivadas de sus facultades; V. Firmar, junto con la o el Presidente del Consejo y demás participantes que intervengan en la sesión respectiva, todos los acuerdos o resoluciones que apruebe el Consejo, y VI. Las demás que les confieren la Ley y el presente Reglamento. SECCIÓN IV. DE LAS Y LOS CONSEJEROS CIUDADANOS

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.