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Ley
Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Artículo
2

Artículo 2 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 2 dice que la Procuraduría (la oficina que investiga delitos y persigue a los responsables) se divide en varias áreas para hacer su trabajo. Primero está la Oficina del Procurador, que es como la jefatura principal, y ahí hay unidades como la Policía de Investigación (los detectives), los servicios periciales (los expertos en pruebas), y una fiscalía para investigar delitos cometidos por funcionarios públicos. Luego hay subprocuradurías que se encargan de diferentes cosas: una revisa las denuncias iniciales, otra da seguimiento a los juicios, otra apoya a las víctimas del delito, y otra maneja los recursos como el dinero, el personal y la tecnología. También se mencionan áreas específicas como el Instituto de Formación Profesional (donde capacitan a los agentes) y el Consejo de Honor para la policía. En resumen, la ley solo enumera las partes que forman la Procuraduría para que sepas cómo está organizada.

Texto oficial

Artículo 2.- La Procuraduría, para el ejercicio integral de las atribuciones, funciones y despacho de los asuntos de su competencia, se integrará con las unidades administrativas siguientes: I. Oficina del Procurador; a) Jefatura General de la Policía de Investigación; b) Visitaduría Ministerial; c) Coordinación General de Servicios Periciales; d) Coordinación General de Políticas Administrativas de Planeación y Organización; e) Coordinación de Agentes del Ministerio Público Auxiliares del Procurador; f) Fiscalía para la Investigación de los delitos cometidos por Servidores Públicos; g) Fiscalía de Revisión y Seguimiento de Asuntos de Alto Impacto; h) Dirección General de Política y Estadística Criminal; i) Dirección General de Asuntos Internos; j) Dirección General de Comunicación Social; k) Instituto de Formación Profesional, y l) Consejo de Honor y Justicia de la Policía de Investigación. REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES II. Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Centrales; a) Fiscalías Centrales de Investigación. III. Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Desconcentradas; a) Fiscalías Desconcentradas de Investigación, y b) Unidades de Recepción por Internet (URI). IV. Subprocuraduría de Procesos; a) Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales Norte; b) Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales Oriente; c) Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales Sur; d) Fiscalía de Procesos en Juzgados de Paz Penal; e) Fiscalía de Procesos en Juzgados Civiles; f) Fiscalía de Procesos en Juzgados Familiares; g) Fiscalía de Mandamientos Judiciales; h) Fiscalía Especializada en Extinción de Dominio; i) Dirección de Consignaciones, y j) Dirección de Procesos en Salas Penales. V. Subprocuraduría Jurídica, de Planeación, Coordinación Interinstitucional y de Derechos Humanos; a) Dirección General Jurídico Consultiva y de Implementación del Sistema de Justicia Penal; b) Dirección General de Derechos Humanos, y c) Dirección General de Planeación y Coordinación. VI. Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad; a) Dirección General de Atención a Víctimas del Delito; b) Dirección General de Servicios a la Comunidad; c) Centro de Estancia Transitoria para Niños y Niñas, y d) Dirección Especializada de Atención a Mujeres, Víctimas en Delitos Sexuales. VII. Oficialía Mayor; a) Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto; b) Dirección General de Recursos Humanos; c) Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales; d) Dirección General de Tecnología y Sistemas Informáticos, y e) Dirección Ejecutiva de Administración de Bienes Asegurados. VIII. Las demás que se prevén en este Reglamento y las que se consideren necesarias para el ejercicio de sus funciones.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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