- Ley
- Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
- Artículo
- 38
Artículo 38 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Coordinación General de Servicios Periciales necesita organizarse para hacer su trabajo, y por eso tiene estos puestos clave: un Coordinador General que la dirige, una Dirección de Servicios Centralizados, otra de Especialidades Médicas e Identificación, una de Programación y Supervisión, una de Apoyo Pericial para Fiscalías Especializadas, una de Criminalística y un Subdirector de Enlace Administrativo. En palabras simples, así está estructurado este equipo.
Texto oficial
Artículo 38.- La Coordinación General de Servicios Periciales, para el cumplimiento de sus atribuciones, contará con la estructura siguiente: I. Coordinador General; II. Dirección de Servicios Centralizados; III. Dirección de Especialidades Médicas e Identificación; IV. Dirección de Programación y Supervisión; V. Dirección de Apoyo Pericial para Fiscalías Especializadas; VI. Dirección de Criminalística, y VII. Subdirector de Enlace Administrativo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.