- Ley
- Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
- Artículo
- 91
Artículo 91 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Consultivo es un grupo de personas que dan su opinión sobre las actividades de enseñanza que hace el Instituto de Formación Profesional y sobre el Servicio Profesional de Carrera (que es el sistema para elegir y promover a los trabajadores de la institución). Este grupo lo encabeza el Procurador General de Justicia de la Ciudad de México, quien invita a formar parte a los rectores de la UNAM y la UAM, al director del Instituto Nacional de Ciencias Penales y al director del Centro de Investigación y Docencia Económica. El coordinador del Instituto actúa como secretario técnico (el que ayuda con el papeleo y las juntas), y los invitados de las universidades son vocales, es decir, pueden hablar y votar en las reuniones. El Consejo también puede pedir ayuda a otras instituciones que crea convenientes para dar sus opiniones.
Texto oficial
Artículo 91.- El Consejo Consultivo será el órgano colegiado de consulta y opinión respecto de las actividades académicas que desarrolle el Instituto de Formación Profesional, así como de lo concerniente al Servicio Profesional de Carrera de la Institución; dicho Consejo será presidido por el Procurador General de Justicia del Distrito Federal, quien invitará, para que lo integren a: I Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México; II Rector de la Universidad Autónoma Metropolitana; III Director General del Instituto Nacional de Ciencias Penales, y IV Director General del Centro de Investigación y Docencia Económica. El Coordinador General del Instituto fungirá como Secretario Técnico del Consejo Consultivo, y los representantes de las Instituciones de Educación Superior señaladas tendrán el carácter de vocales, con derecho a voz y voto durante las sesiones. El Consejo podrá auxiliarse de las Instituciones que considere pertinentes para la emisión de sus opiniones.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.