Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ley-procuraduria-social-distrito-federal/12
Ley
Reglamento de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal
Artículo
12

Artículo 12 del Reglamento de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Subprocuraduría de Defensa y Exigibilidad de los Derechos Ciudadanos es la que se encarga de varias cosas importantes para proteger tus derechos cuando tengas algún problema con el gobierno de la CDMX. Por ejemplo, puede organizar juntadas con otras dependencias para que se resuelvan más rápido las quejas que presentes. También revisa propuestas de recomendaciones y las manda al Procurador para que él las firme, y si alguna dependencia no te da información o no cumple con lo acordado, puede informar al Jefe de Gobierno para que tome cartas en el asunto. Además, te orienta, recibe tus quejas y busca soluciones sin necesidad de juicios complicados. En resumen, es un área que se asegura de que el gobierno te dé respuestas y soluciones ágiles cuando tengas un problema administrativo.

Texto oficial

Artículo 12.- Corresponde a la Subprocuraduría de Defensa y Exigibilidad de los Derechos Ciudadanos por sí misma o por conducto de la Subdirección de Exigibilidad y de las Oficinas Desconcentradas: Promover reuniones de trabajo con las distintas dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, con el objeto de establecer mecanismos más ágiles y expeditos para la adecuada solución de las Quejas administrativas; Aprobar los proyectos de las Recomendaciones y Sugerencias que sean propuestos por la Subdirección de Exigibilidad, sometiéndolos a consideración del Procurador, para la suscripción de las mismas y turnar a la instancia correspondiente; Aprobar los proyectos que se harán del conocimiento del Jefe de Gobierno del Distrito Federal y de la Contraloría General del Distrito Federal por incumplimiento a las solicitudes de información, compromiso de atención y/o sugerencia, derivada de la Queja y que hubieren sido propuestos por la Subdirección de Exigibilidad, sometiéndolos a consideración del Procurador, para la suscripción de los mismos; Aprobar los proyectos que soliciten la intervención del órgano de la administración pública que otorgó el permiso o concesión, para la aplicación de las sanciones a concesionarios o permisionarios, por el incumplimiento a las solicitudes de información, compromiso de atención y/o sugerencia, derivadas de la Queja propuestos por la Subdirección de Exigibilidad, sometiéndolos a consideración del Procurador, para la suscripción de los mismos y turnar a la instancia correspondiente; Proporcionar los servicios relacionados a orientación, Queja y conciliación administrativa; Establecer los lineamientos y coordinar las acciones que para la atención de la ciudadanía en materia administrativa, se requiera implementar en la Subdirección de Exigibilidad y las Oficinas Desconcentradas; Acordar y someter a la aprobación del Procurador el despacho de los asuntos que le encomiende e informarle de su cumplimiento; Desempeñar las comisiones que le encargue el Procurador, e informarle sobre su desarrollo y resultados; Proponer al Procurador la delegación de facultades en servidores públicos subalternos; Someter a la consideración del Procurador los estudios, proyectos y programas que elaboren las unidades administrativas a su cargo; Acordar con sus subalternos el trámite, resolución y despacho de los asuntos competencia de éstos; Apoyar al Procurador en la promoción, conducción, coordinación, vigilancia y evaluación de las actividades de la Procuraduría; Atender y resolver las consultas jurídicas que en materia administrativa, se le planteen; Certificar y expedir copias de los documentos que obren en los archivos de la Subprocuraduría; y Las demás atribuciones que le confieran otros ordenamientos jurídicos, las delegadas expresamente por el Procurador y las que correspondan a las unidades administrativas adscritas a la misma.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.