- Ley
- Reglamento de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal
- Artículo
- 13
Artículo 13 del Reglamento de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Subprocuraduría de Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales se encarga de promover los derechos de los habitantes de la Ciudad de México, especialmente los relacionados con vivienda en condominio. Te da asesoría y capacitación sobre estos temas, incluso si vives en un edificio o conjunto habitacional. También organiza pláticas y talleres para que aprendas a convivir mejor con tus vecinos y a evitar pleitos en tu condominio. Además, te orienta sobre los programas sociales del gobierno y sobre trámites de servicios como salud o educación. Por último, esta oficina hace estudios y campañas para que más personas conozcan sus derechos.
Texto oficial
Artículo 13.- Corresponde a la Subprocuraduría de Promoción de Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales: Procurar la promoción de los derechos sociales de los habitantes del Distrito Federal, así como el cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal; Brindar asesoría, capacitación y apoyo a la ciudadanía en general, agrupaciones, asociaciones, organizaciones y órganos de representación ciudadana electos en las colonias o pueblos originarios del Distrito Federal en materia de derechos económicos, sociales, culturales, ambientales y la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal; Instrumentar, difundir y aplicar los mecanismos de participación ciudadana y sana convivencia entre los que habiten en un condominio y/o participen en la asamblea general que refiere la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal; Brindar asesoría, orientación y capacitación a condóminos, poseedores, administradores y en general a los habitantes de los conjuntos habitacionales y condominios, en los procesos para celebrar asambleas generales de conformidad con la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, Ley de Participación Ciudadana, Ley de Cultura Cívica, Ley de Justicia Alternativa y las que coadyuven a la consolidación de la identidad de la comunidad condominal; Organizar y promover cursos, talleres, foros de consulta, así como establecer mecanismos para brindar asesoría y orientación con la finalidad de fomentar la sana convivencia y prevenir conflictos a través de la cultura condominal; Realizar y promover cursos, talleres y foros entre la ciudadanía, agrupaciones, asociaciones y organismos para fomentar e incentivar la organización de la vivienda para la constitución del régimen de propiedad en condominio; Formular y desarrollar las estrategias y acciones de educación y comunicación popular que impliquen los programas sociales que atienda la Procuraduría; Fomentar la promoción de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales y una cultura democrática condominal, tanto en unidades habitacionales y condominios como en la ciudadanía en general; Desarrollar toda clase de campañas educativas y de sensibilización masiva que permitan promover los derechos sociales, así como posicionar frente a la ciudadanía a la Procuraduría y sus principales actividades y programas; Orientar a la ciudadanía con respecto a los programas sociales del Gobierno del Distrito Federal, tendientes a la vigencia de los derechos sociales de los capitalinos; así como en asuntos relacionados con trámites relativos a desarrollo urbano, salud, educación y cualquier otro servicio público; Difundir y fomentar, de manera general en la población, los diversos programas sociales del Gobierno del Distrito Federal; Realizar toda clase de investigaciones, consultas, foros y estudios tendientes a fortalecer el trabajo general de la Procuraduría, para lo cual podrá establecer los convenios necesarios con instituciones académicas y universidades; Realizar estudios sobre la problemática y repercusión social que tienen las acciones o programas aplicados por la Administración Pública del Distrito Federal, tomando como indicador las inconformidades de la población ante la Procuraduría; Realizar encuestas y sondeos de opinión para obtener sugerencias de modificación a los procedimientos administrativos para la simplificación y mejor atención de los ciudadanos; Implementar proyectos especiales para la promoción de los derechos sociales dirigidos a grupos vulnerables, asesorándolos para la defensa de sus derechos; Promover la participación y colaboración ciudadana, encaminada a la formación social para el cumplimiento de las funciones sustantivas de la Procuraduría, generando para ello los necesarios espacios de concertación social con redes ciudadanas, agrupaciones, asociaciones, organizaciones y órganos de representación ciudadana electos en las colonias o pueblos originarios del Distrito Federal; Desarrollar una adecuada vinculación y establecimiento de los convenios pertinentes con las agrupaciones, asociaciones, instituciones públicas y privadas, con organizaciones civiles y sociales, fundaciones y agencias de cooperación nacionales e internacionales y autoridades que permitan fortalecer la acción y participación de la Procuraduría; Establecer una adecuada vinculación interinstitucional, proponiendo la firma de los convenios pertinentes con las dependencias, órganos desconcentrados, entidades y órganos político administrativos de la administración pública del Distrito Federal y las instituciones académicas y organismos públicos y no gubernamentales especializados en materia de defensa y promoción de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, que permitan fortalecer la acción y participación de la Procuraduría, así como la capacidad de exigibilidad ciudadana para la defensa de sus derechos sociales; Acordar y someter a la aprobación del Procurador el despacho de los asuntos que le encomiende e informarle de su cumplimiento; Establecer los lineamientos, criterios y mecanismos de comunicación necesarios para el funcionamiento coordinado de su personal en las oficinas desconcentradas de la Procuraduría; Desempeñar las comisiones que le encargue el Procurador, e informarle sobre su desarrollo y resultados; Proponer al Procurador la delegación de facultades en servidores públicos subalternos; Someter a la consideración del Procurador los estudios, proyectos y programas que elaboren las unidades administrativas a su cargo; Acordar con sus subalternos el trámite, resolución y despacho de los asuntos de competencia de éstos; Apoyar al Procurador en la promoción, conducción, coordinación, vigilancia y evaluación de las actividades de la Procuraduría Social; Certificar y expedir copias de los documentos que obren en los archivos de la Subprocuraduría; y Las demás atribuciones que le confieren otros ordenamientos jurídicos, las delegadas expresamente por el Procurador y las que correspondan a las unidades administrativas adscritas a la misma.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.