- Ley
- Reglamento de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal
- Artículo
- 17
Artículo 17 del Reglamento de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las oficinas desconcentradas son como sucursales de la Procuraduría que se abren solo si hay dinero en el presupuesto para mantenerlas. El Procurador decide de qué asuntos se encargan estas oficinas y en qué zonas del país trabajan. Estas oficinas deben seguir las reglas de la ley y las instrucciones que les den para atender bien a la gente. Su objetivo es que tú, como ciudadano, puedas recibir un servicio más rápido y cerca de tu casa.
Texto oficial
Artículo 17.- Las Oficinas Desconcentradas se establecerán de acuerdo a la capacidad presupuestal de la Procuraduría. Su competencia por concepto de materia o territorio será determinada por el Procurador; sujetando su actuación a lo establecido en la Ley de la materia y demás lineamientos normativos de orientación y atención respecto a los servicios que son proporcionados a efecto de facilitar a los particulares la atención debida.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.