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Ley
Reglamento de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal
Artículo
18

Artículo 18 del Reglamento de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas de gobierno de las que habla este artículo tienen varias tareas. Una de ellas es explicarte, a ti como ciudadano o dueño de un departamento, cómo hacer trámites legales o administrar tu propiedad si vives en un edificio con condominio (como un fraccionamiento o departamentos). Si ven que tu caso no les corresponde a ellos, pueden mandarte con otra institución de vivienda o autoridad adecuada. También tienen que seguir los planes y proyectos que les encarguen, y si tú pides información o asesoría, solo con dar tus datos personales, están obligados a ayudarte sin ponerte más requisitos. Además, pueden hacer visitas de inspección y notificarte sobre asuntos relacionados con la ley de condominios. Por último, pueden darte copias certificadas de documentos que tengan guardados, y hacer cualquier otra tarea que les ordene la ley o su jefe directo (el Procurador).

Texto oficial

Artículo 18.- Las Oficinas Desconcentradas, además contarán con las facultades y obligaciones siguientes: Orientar a los ciudadanos, condóminos, poseedores, en lo relativo a la celebración de actos jurídicos y a la administración de inmuebles, si se trata de Régimen de Propiedad en Condominio. En estos casos, de estimarlo conveniente canalizar a los promoventes con las instituciones promotoras de vivienda, o ante las autoridades competentes para su atención; Aplicar las líneas de trabajo y desarrollar los programas, subprogramas y proyectos autorizados que le sean encomendados; Proporcionar a cualquier persona que lo solicite, sin más requisito que el de proporcionar sus datos generales, los servicios de orientación e información; Realizar las notificaciones e inspecciones necesarias para la sustanciación de los procedimientos señalados en la Ley y la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, que se ventilen en las oficinas a su cargo, así como las diligencias y demás actuaciones que se requieran; Certificar y expedir copias de los documentos que obren en sus archivos; y Las demás atribuciones que les confiera la Ley, este Reglamento, otros ordenamientos jurídicos y las delegadas expresamente por el Procurador. TÍTULO TERCERO DE LAS QUEJAS Y SU PROCEDIMIENTO CAPÍTULO I DE LA QUEJA EN MATERIA ADMINISTRATIVA

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.