- Ley
- Reglamento de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal
- Artículo
- 27
Artículo 27 del Reglamento de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres que se sancione a una empresa o persona que tiene un permiso o concesión, debes presentar una queja por escrito ante la dependencia del gobierno que le dio ese permiso. En tu escrito tienes que explicar bien todo lo que pasó, dar los detalles de los hechos y señalar en qué falló esa persona o empresa. Después de que entregues tu queja, la dependencia tiene 15 días hábiles (es decir, sin contar sábados, domingos ni días festivos) para decirte qué hizo o qué sanción aplicó.
Texto oficial
Artículo 27.- La solicitud de aplicación de sanciones a los concesionarios o permisionarios, que se dirija al Órgano de la Administración Pública que otorgó el permiso o concesión, se realizará por escrito, exponiendo la descripción completa de los hechos, antecedentes y omisiones del concesionario o permisionario, concediendo un plazo de 15 días hábiles para que informe del resultado de su intervención o la sanción aplicada.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.