- Ley
- Reglamento de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal
- Artículo
- 56
Artículo 56 del Reglamento de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Procuraduría va a publicar las reglas o instrucciones que debes seguir para aprobar el curso y obtener tu certificación. Esas reglas te dirán qué requisitos tienes que cumplir, como fechas, temas o actividades. Básicamente, si quieres el certificado, tendrás que esperar a que la Procuraduría saque esos lineamientos y luego hacer todo lo que te pidan.
Texto oficial
Artículo 56.- La Procuraduría emitirá los lineamientos que deberán de cubrir los sustentantes del curso para obtener la certificación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.