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Ley
Reglamento de la Ley para la Promocion de la Convivencia Libre de Violencia en el Entorno Escolar del Distrito Federal
Artículo
20

Artículo 20 del Reglamento de la Ley para la Promocion de la Convivencia Libre de Violencia en el Entorno Escolar del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Educación, junto con otras instituciones del gobierno federal, va a impulsar que los maestros se capaciten como Mediadores Escolares. Estos maestros aprenderán a enseñar a los alumnos formas prácticas y sencillas para resolver problemas o peleas sin violencia. Así, los estudiantes tendrán herramientas para arreglar sus conflictos de manera pacífica dentro de la escuela.

Texto oficial

Artículo 20. La Secretaria de Educación en coordinación con instituciones públicas federales, promoverá la formación de personal docente como Mediadores Escolares, para que éstos doten a los estudiantes de herramientas teórico-prácticas para que faciliten la resolución pacífica de conflictos de violencia entre escolares.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley para la Promocion de la Convivencia Libre de Violencia en el Entorno Escolar del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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