- Ley
- Reglamento de la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal
- Artículo
- 4
Artículo 4 del Reglamento de la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que hay unos principios básicos para proteger a los animales, y esos principios deben tomarse en cuenta en varias situaciones. Por ejemplo, al hacer nuevas leyes o reglas sobre animales, al firmar acuerdos, y al dar permisos para tener animales o dar servicios con ellos. También aplica al crear planes de gobierno sobre animales y al castigar actos de crueldad o maltrato. En pocas palabras, estos principios son la base para todo lo que tenga que ver con el bienestar de los animales.
Texto oficial
Artículo 4.- Los principios a que se refiere el artículo 5 de la Ley en materia de protección, defensa y bienestar de los animales deberán ser considerados en: I. La expedición de normas ambientales y demás disposiciones jurídicas aplicables para los animales; II. La celebración de convenios o acuerdos; III. El otorgamiento de autorizaciones, permisos y demás actos administrativos que consientan la posesión, propiedad y prestación de servicios en materia de animales; IV. En la formulación, evaluación y ejecución de la política ambiental en materia de animales; y V. En la aplicación de sanciones de los actos de crueldad y maltrato con los animales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.