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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ley-proteccion-animales-distrito-federal/61
Ley
Reglamento de la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal
Artículo
61

Artículo 61 del Reglamento de la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te cachan dejando el cuerpo de un animal muerto en la calle, te van a multar. Esto aplica a cualquier persona, no importa si es dueño del animal o no. La sanción es por el simple hecho de abandonar el cadáver en un lugar público. Así que mejor no dejes restos de animales en la banqueta o en la carretera.

Texto oficial

Artículo 61.- Serán sancionadas las personas físicas que sean sorprendidas abandonando el cadáver de un animal en la vía pública.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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