- Ley
- Reglamento de la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal
- Artículo
- 75
Artículo 75 del Reglamento de la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cualquier persona tiene derecho a reportar a la Procuraduría o a otras autoridades cuando vea que alguien está incumpliendo la ley o las reglas, o cuando ocurra algo que pueda ser una violación. No importa si eres la persona afectada o no, puedes levantar una queja o denuncia ciudadana. Esto aplica para hechos, acciones o incluso omisiones (cuando alguien deja de hacer lo que debe). El reporte puede ser sobre cualquier ley, reglamento o norma que esté vigente.
Texto oficial
Artículo 75.- Toda persona podrá presentar denuncia ciudadana ante la Procuraduría y demás autoridades competentes por actos, hechos u omisiones que constituyan o puedan constituir incumplimientos o violaciones a la Ley, al presente Reglamento o demás disposiciones jurídicas aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.