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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ley-proteccion-animales-distrito-federal/82
Ley
Reglamento de la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal
Artículo
82

Artículo 82 del Reglamento de la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Aquí te explico: Si alguien comete una falta (como una infracción) que está en esta ley, cualquier persona o empresa que haya participado en hacerla o que haya incitado a otro a cometerla, también es responsable. Además, los papás o quienes cuidan a niños o adolescentes tienen que responder por las faltas que ellos cometan.

Texto oficial

Artículo 82.- Es responsable de las faltas previstas en el presente ordenamiento cualquier persona física o moral que participe en la ejecución de las mismas o induzca, directa o indirectamente, a alguien a cometerlas. Los padres o encargados de los menores de edad, serán responsables de las faltas que estos cometan. Capitulo XI Del Recurso de Inconformidad

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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