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Ley
Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para Distrito Federal
Artículo
36

Artículo 36 del Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los consejeros del sector privado y social van a estar en su puesto entre dos y tres años, dependiendo del caso. Cuando sea momento de cambiarlos, no se eligen por voto, sino que se sacan al azar los nombres de una urna (como un sorteo). Esto se hace poco a poco, no todos al mismo tiempo, para que siempre haya consejeros con experiencia.

Texto oficial

Artículo 36.- Los Consejeros que representen al sector privado y social durarán en su encargo de dos a tres años, según el caso, y su renovación se hará de forma escalonada por insaculación.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para Distrito Federal (pág. 1) ↗

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