- Ley
- Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para Distrito Federal
- Artículo
- 5
Artículo 5 del Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Jefe de Gobierno tiene varias tareas para cuidar que se cumplan las leyes de empleo y seguros. Primero, debe aprobar los planes y políticas para proteger y crear empleos, tomando en cuenta las ideas que le den la Secretaría y el Consejo. También tiene que promover reglas generales sobre el tema y asegurarse de que en el presupuesto de la Ciudad de México haya dinero suficiente para fomentar el empleo y el seguro. Además, puede hacer acuerdos con el gobierno federal, estatal o con empresas para usar espacios en radio y televisión para promover el empleo, y firmar convenios con otras instituciones para lograr los objetivos de la ley.
Texto oficial
Artículo 5.- Para el cumplimiento de la Ley y el Reglamento, al Jefe de Gobierno le corresponde: I. Aprobar los Programas, políticas y acciones generales de protección y fomento al empleo, así como, del Seguro, conforme a la Ley, considerando las propuestas que le presente la Secretaría y el Consejo, en su caso; II. Promover el establecimiento de normas y disposiciones generales en materia de protección y fomento al empleo; III. Incluir en el proyecto de presupuesto de egresos del Distrito Federal la asignación que garantice efectivamente el fomento del empleo y el derecho al Seguro que regula la Ley; IV. Celebrar con las autoridades competentes los convenios para acceder al uso de los tiempos de transmisión que por ley le corresponden al Estado en radio y televisión, a fin de transmitir mensajes y programas de protección y fomento al empleo en el Distrito Federal; V. Suscribir con las instancias del gobierno federal o estatal y con instituciones públicas y privadas del país o del extranjero, los convenios necesarios para lograr los fines de la Ley y el presente Reglamento; VI. Las demás disposiciones que le sean atribuidas en materia de protección y fomento al empleo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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