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Ley
Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para Distrito Federal
Artículo
7

Artículo 7 del Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Desarrollo Económico es la encargada de hacer equipo con otras autoridades del gobierno federal y local para crear programas que protejan y generen empleos. También debe buscar que lleguen inversiones de México y del extranjero a la Ciudad de México, ofreciendo buenos incentivos para que se creen más trabajos. Aparte, esta Secretaría tiene un puesto importante en un Consejo y forma parte de un Comité Técnico que toma decisiones. Por último, debe cumplir con cualquier otra tarea que le asignen las leyes.

Texto oficial

Artículo 7.- Corresponde a la Secretaría de Desarrollo Económico: I. Coordinar con la Secretaría, autoridades federales y las demás áreas competentes la implementación de estrategias públicas, programas y actividades de protección, promoción y fomento del empleo; II. Propiciar de manera coordinada con la Secretaría, autoridades federales y las demás áreas competentes acciones para atraer al Distrito Federal, inversiones nacionales y extranjeras, a través de una política competitiva de incentivos para la inversión, que promueva la generación de empleos; III. Ocupar la Vicepresidencia del Consejo; IV. Integrar en carácter de vocal el Comité Técnico; y, V. Las demás señaladas por la Ley y demás disposiciones legales.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para Distrito Federal (pág. 1) ↗

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