- Ley
- Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para Distrito Federal
- Artículo
- 7
Artículo 7 del Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Desarrollo Económico es la encargada de hacer equipo con otras autoridades del gobierno federal y local para crear programas que protejan y generen empleos. También debe buscar que lleguen inversiones de México y del extranjero a la Ciudad de México, ofreciendo buenos incentivos para que se creen más trabajos. Aparte, esta Secretaría tiene un puesto importante en un Consejo y forma parte de un Comité Técnico que toma decisiones. Por último, debe cumplir con cualquier otra tarea que le asignen las leyes.
Texto oficial
Artículo 7.- Corresponde a la Secretaría de Desarrollo Económico: I. Coordinar con la Secretaría, autoridades federales y las demás áreas competentes la implementación de estrategias públicas, programas y actividades de protección, promoción y fomento del empleo; II. Propiciar de manera coordinada con la Secretaría, autoridades federales y las demás áreas competentes acciones para atraer al Distrito Federal, inversiones nacionales y extranjeras, a través de una política competitiva de incentivos para la inversión, que promueva la generación de empleos; III. Ocupar la Vicepresidencia del Consejo; IV. Integrar en carácter de vocal el Comité Técnico; y, V. Las demás señaladas por la Ley y demás disposiciones legales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.