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Ley
Reglamento de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para el Distrito Federal
Artículo
36

Artículo 36 del Reglamento de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité decide a qué CACI (una organización o entidad que recibe apoyo) le va a dar el dinero del Fondo y cuánto le toca. La repartición del dinero se hace siguiendo las reglas que ponga el propio Comité. También se toma en cuenta el nivel de prioridad que marca el artículo 56 de la Ley y las instrucciones que dé el Comité.

Texto oficial

Artículo 36.- El Comité resolverá las solicitudes presentadas y determinará a qué CACI habrá de otorgarse el Fondo, así como el monto del mismo. Los recursos del Fondo, se distribuirán de acuerdo a los mecanismos que establezca el Comité y serán otorgados de acuerdo al nivel de prioridad dispuesto por el artículo 56 de la Ley, y los lineamientos que emita el citado órgano colegiado.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para el Distrito Federal (pág. 1) ↗

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