- Ley
- Reglamento de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para el Distrito Federal
- Artículo
- 36
Artículo 36 del Reglamento de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Comité decide a qué CACI (una organización o entidad que recibe apoyo) le va a dar el dinero del Fondo y cuánto le toca. La repartición del dinero se hace siguiendo las reglas que ponga el propio Comité. También se toma en cuenta el nivel de prioridad que marca el artículo 56 de la Ley y las instrucciones que dé el Comité.
Texto oficial
Artículo 36.- El Comité resolverá las solicitudes presentadas y determinará a qué CACI habrá de otorgarse el Fondo, así como el monto del mismo. Los recursos del Fondo, se distribuirán de acuerdo a los mecanismos que establezca el Comité y serán otorgados de acuerdo al nivel de prioridad dispuesto por el artículo 56 de la Ley, y los lineamientos que emita el citado órgano colegiado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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