- Ley
- Reglamento de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para el Distrito Federal
- Artículo
- 37
Artículo 37 del Reglamento de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que te den los recursos del Fondo, el CACI (que es una organización que apoya a niñas, niños y adolescentes) debe firmar un contrato con su representante legal. En ese contrato se tienen que poner claramente las condiciones y reglas para usar el dinero, todo de acuerdo con los Lineamientos. El dinero que recibe el CACI solo se puede usar para lo que pidieron en su solicitud, nada más. Si lo usan para otra cosa, les van a aplicar las sanciones que vienen en el contrato. Además, un Comité va a revisar que el dinero se use en los tiempos y de la forma que se acordaron en el contrato.
Texto oficial
Artículo 37.- Para el otorgamiento de los recursos del Fondo, será necesario que el CACI, a través de su representante legal, celebre un convenio en que se establezcan los términos y condiciones en que serán ejercidos los mismos, de acuerdo a los requisitos previstos en los Lineamientos. Los recursos otorgados a un CACI, deberán aplicarse únicamente para el fin contenido en la solicitud que dio origen a la autorización, en caso contrario, se hará acreedor a las sanciones que se señalen en el convenio. El Comité verificará que los recursos se apliquen en la forma y tiempo convenidos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.