- Ley
- Reglamento de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para el Distrito Federal
- Artículo
- 8
Artículo 8 del Reglamento de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Aquí te va la explicación sencilla del artículo 8: El comité del que habla la ley tendrá una persona encargada de hacer todo el trabajo de oficina, a la que llamarán Secretaría Técnica. Esta persona será nombrada por el jefe o jefa del Comité y tendrá varias tareas. Entre ellas, preparar la lista de temas a tratar en cada junta, enviar las invitaciones a los miembros, checar que haya suficientes personas para poder sesionar y tomar nota de quién fue. También tendrá que escribir y firmar las actas de lo que se acordó, asegurarse de que se cumplan esos acuerdos, juntar las firmas de los que votaron, archivar todos los papeles importantes y hacer lo que más le pida el Comité o las reglas internas.
Texto oficial
Artículo 8.- El Comité contará con una Secretaría Técnica, designada por la persona titular de la Coordinación Ejecutiva del Comité y tendrá las siguientes atribuciones: Elaborar y proponer el orden del día de cada una de las Sesiones con el soporte documental respectivo; Hacer llegar a cada uno de los miembros integrantes del Comité, la convocatoria a las Sesiones correspondientes. Verificar que exista el quórum legal de cada sesión, y en general llevar el registro de la asistencia de los integrantes del Comité; Levantar y certificar las actas de las sesiones del Comité; Dar seguimiento a los acuerdos y resoluciones correspondientes de cada sesión del Comité, así como de las reuniones y acuerdos de los Grupos de Trabajo; Recabar las firmas de los acuerdos y resoluciones correspondientes a cada Sesión inmediatamente que fueren aprobados por los vocales del Comité que en ella intervinieron. Integrar la carpeta de cada sesión; Integrar y mantener bajo su custodia y conservación la documentación relacionada con la competencia del Comité; y Las que le asigne el Comité, las Reglas de Operación Internas del Comité y demás ordenamientos jurídicos aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.