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Ley
Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal
Artículo
104

Artículo 104 del Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades que pueden multar por tirar basura o dañar espacios públicos pueden pedir ayuda a la Secretaría de Seguridad Ciudadana, siempre siguiendo las reglas de uso de la fuerza. Si estas autoridades ven algo ilegal relacionado con residuos sólidos o el entorno urbano que no les toca resolver a ellas, deben avisar de inmediato a la autoridad que sí puede actuar.

Texto oficial

Artículo 104. Las autoridades facultadas para imponer las sanciones a que se refiere este Capítulo, podrán solicitar el apoyo de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, en términos de lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, la Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de Seguridad Pública, y demás disposiciones aplicables. Cuando estas autoridades tengan conocimiento de actos violatorios o contrarios a la Ley, el presente Reglamento y demás disposiciones aplicables en materia de residuos sólidos y afectación al entorno urbano, que no estén dentro del ámbito de su competencia, deberán comunicarlo en forma inmediata a la autoridad competente.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.