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Ley
Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal
Artículo
69

Artículo 69 del Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 69 dice que cuando se planea, construye o cierra un lugar donde se tira la basura (como un relleno sanitario), se debe seguir al pie de la letra las leyes actuales. Además, hay que tomar medidas para que se produzcan menos líquidos contaminantes (llamados lixiviados) y menos gases que dañen el aire. Todo esto es para proteger tu salud y el medio ambiente, reduciendo los riesgos al mínimo.

Texto oficial

Artículo 69. En la planeación, diseño, construcción, operación y clausura de los sitios destinados a la disposición final, deberá preverse el cumplimiento de la normatividad aplicable vigente, así como las medidas para reducir al mínimo la generación de lixiviados y emisiones atmosféricas y los riesgos a la salud humana y al medio ambiente.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.