- Ley
- Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal
- Artículo
- 93
Artículo 93 del Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se acabe el tiempo que te dieron para decir lo que te convenga y presentar pruebas para tu defensa (o si nunca lo hiciste), la autoridad tendrá 3 días hábiles para aceptar las pruebas que hayas ofrecido y fijar una fecha para la audiencia, la cual debe ocurrir dentro de los 15 días hábiles siguientes. Si no hay trámites pendientes, la autoridad debe dar su resolución final en un plazo de 20 días hábiles. Esa resolución te la notificarán dentro de los 10 días hábiles después de que se emita, ya sea en persona o por correo certificado con acuse de recibo. En esa resolución te dirán qué medidas correctivas o preventivas aplicar y las sanciones que toquen.
Texto oficial
Artículo 93. Transcurrido el plazo para que la persona o personas interesadas manifiesten lo que a su derecho convenga y ofrezcan las pruebas que consideren para su defensa, o bien dichas personas no hubiesen hecho uso de su derecho, la autoridad competente en el plazo de 3 días hábiles acordará la admisión de las pruebas que se hubieren ofrecido y en el mismo proveído señalará fecha para la celebración de la audiencia de pruebas y alegatos, que deberá celebrarse dentro de los quince días hábiles siguientes. En los casos en que no existan diligencias pendientes de desahogo, la autoridad competente, emitirá la resolución administrativa dentro de los veinte días hábiles siguientes. La resolución administrativa referida en el párrafo que antecede se notificará dentro de los diez días hábiles siguientes a su emisión, a la persona o personas interesadas, personalmente o por correo certificado con acuse de recibo. En dicha resolución administrativa se indicarán las medidas correctivas o preventivas que correspondan, así como las sanciones que procedan.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.