- Ley
- Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal
- Artículo
- 96
Artículo 96 del Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que, si te dieron un plazo para arreglar una falta o corregir un error que te señalaron, tienes que avisar por escrito a la autoridad que te lo pidió que ya lo cumpliste. Debes hacerlo dentro de los siguientes cinco días hábiles (días que no sean sábado, domingo ni festivos) después de que se acabe ese plazo. En tu mensaje, tienes que explicar con detalles todo lo que hiciste para solucionarlo. No basta con solo arreglarlo, también debes informarles.
Texto oficial
Artículo 96. Dentro de los cinco días hábiles siguientes al vencimiento del plazo otorgado al infractor para subsanar las deficiencias e irregularidades observadas, éste deberá comunicar por escrito y en forma detallada a la autoridad ordenadora competente, haber dado cumplimiento a las medidas ordenadas en los términos del requerimiento o resolución respectiva.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.