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Ley
Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal
Artículo
98

Artículo 98 del Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión es la encargada de coordinar, vigilar y revisar cómo funcionan las políticas y programas de la Ciudad de México sobre la basura y los residuos sólidos. Esto incluye desde cómo se genera y reduce la basura hasta cómo se maneja, aprovecha y se desecha de manera final. Sin embargo, cada Dependencia, Entidad o Alcaldía sigue teniendo sus propias responsabilidades según lo que marca la ley y el reglamento. En pocas palabras, la Comisión supervisa todo, pero no quita que otras oficinas locales también hagan su parte.

Texto oficial

Artículo 98.- La coordinación interinstitucional, monitoreo, seguimiento evaluación y, en su caso, operación, de las políticas, acciones y programas instrumentados por la Administración Pública de la Ciudad de México en materia de generación, minimización, manejo, tratamiento, aprovechamiento y disposición final de residuos sólidos, estarán a cargo de la Comisión, sin perjuicio de las atribuciones que le corresponden a cada Dependencia, Entidad o Alcaldía en el marco de la Ley, el presente Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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