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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ley-residuos-solidos-distrito-federal/99
Ley
Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal
Artículo
99

Artículo 99 del Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión puede hacer acuerdos o contratos con otras personas o instituciones para que la Ley y este Reglamento se cumplan bien. Estos acuerdos buscan que los problemas con la basura, desde que se genera hasta que se tira, se atiendan rápido y de manera eficaz. En lugar de hacer todo sola, la Comisión se apoya en estos instrumentos legales para trabajar mejor. Esto ayuda a que la gestión de residuos sólidos sea más ordenada y oportuna para todos.

Texto oficial

Artículo 99.- Para el cumplimiento eficaz de la Ley y el presente Reglamento, la Comisión podrá celebrar los convenios e instrumentos jurídicos que garanticen y propicien una atención eficiente y oportuna de los problemas y retos inherentes a la gestión de residuos sólidos, desde su generación hasta su disposición final.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.