- Ley
- Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
- Artículo
- 144
Artículo 144 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Comité te va a dar sugerencias para cuidar la salud de la gente, y el Gobierno debe tomarlas como punto de partida para tomar sus propias decisiones. Esas recomendaciones no son órdenes directas, sino una guía para que las autoridades sepan qué hacer. Así se aseguran de que las acciones oficiales vayan enfocadas en proteger la seguridad sanitaria de todos. En pocas palabras, el Comité propone y el Gobierno decide basándose en eso.
Texto oficial
Artículo 144.- Las recomendaciones que formule el Comité, serán tomadas como base para las determinaciones que tomen las autoridades del Gobierno, para promover y gestionar la seguridad sanitaria de su población.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.