- Ley
- Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
- Artículo
- 152
Artículo 152 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Centro sirve para cuidar a la población cuando hay brotes de enfermedades o desastres, como terremotos o inundaciones. Su trabajo es identificar los riesgos, explicar los daños que pueden pasar y avisar a todos. También decide qué medidas tomar para evitar que la gente salga lastimada, y se asegura de que se cumplan. Ayuda a los servicios de salud locales y hospitales del Gobierno de la Ciudad de México a aplicar esas medidas. Por último, trabaja junto con autoridades de otras regiones, del gobierno federal y hasta de otros países para resolver la emergencia.
Texto oficial
Artículo 152.- El Centro tiene como objetivo: I. La identificación, análisis, evaluación y comunicación de daños y riesgos por emergencias epidemiológicas o derivados de desastres; II. La definición y seguimiento de medidas de respuesta para prevenir, limitar y controlar los daños a la población; III. La orientación a las Jurisdicciones Sanitarias y unidades médicas del Gobierno del Distrito Federal, en la aplicación de dichas medidas, y IV. La colaboración y coordinación de actividades con las autoridades institucionales, regionales y federales, así como con autoridades y organismos internacionales competentes en la materia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.