- Ley
- Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
- Artículo
- 169
Artículo 169 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser director de un Hospital General o Materno Infantil, necesitas ser doctor o doctora general, con tu título y cédula profesional. Además, debes tener una especialidad reconocida por una institución de salud y una universidad, con su diploma y cédula de especialista. También es obligatorio contar con estudios en administración de hospitales que estén avalados por una universidad. En pocas palabras, no basta con ser médico; te piden una especialidad y saber cómo manejar un hospital.
Texto oficial
Artículo 169.- Podrá ser Director de Hospital General y/o Materno Infantil, los médicos generales, con título y cédula, que cuenten con especialidad avalada por Institución de Salud y Universidad, con diploma universitario y cédula de especialista; con estudios de administración de Hospitales con reconocimiento universitario. CAPÍTULO X Disposiciones para la prestación de servicios de Salud Sexual, Reproductiva y de Planificación Familiar
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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