- Ley
- Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
- Artículo
- 173
Artículo 173 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo define varios términos importantes. Primero, dice que **transgénero** son todas las personas que no se identifican con el género que la sociedad les asignó al nacer, como los travestis, transexuales, transformistas e intersexuales. Luego, explica que **transexuales** son quienes se sienten a disgusto con su sexo biológico, como si estuvieran "atrapados en el cuerpo equivocado". También aclara que las personas transexuales pueden operarse para cambiar su cuerpo, ya sea con hormonas o cirugías. Por último, la **reasignación sexo-genérica** son esas cirugías para hacer que el cuerpo coincida con la identidad sexual de la persona, como la reconstrucción genital o cirugías faciales.
Texto oficial
Artículo 173.- Para efectos de este capítulo se entiende por: I. Transgénero a todas aquellas poblaciones que se salen o trascienden las normas establecidas del género por la sociedad. Sinónimo de esta expresión son los/as travestis, transexuales, transformistas e intersexos. II. Transexuales: Son todas aquellas personas (hombres y mujeres), que se sienten disconformes con su sexo; ejemplo de ello son aquellos/as que dicen estar atrapados/as en el cuerpo equivocado. La gama de transexuales va desde quienes tienen este sentimiento de inconformidad, pasando por la utilización de hormonas hasta llegar a la operación de reasignación de sexo, la cual conlleva un proceso largo y costoso. Los/as transexuales pueden definirse como homosexuales, bisexuales o heterosexuales. IV. Reasignación sexo- genérica: Consiste en procesos quirúrgicos que las mujeres y los hombres transexuales llevan a cabo para armonizar su sexo anatómico con su identidad sexual. Puede centrarse en los genitales, denominada cirugía de reconstrucción genital, y en la que se pueden distinguir operaciones como la vaginoplastia, la metadoioplastia o la faloplastia. Pero también existen operaciones femenizantes o masculinizantes de caracteres sexuales no genitales, como puede ser una cirugía facial o una mastectomía.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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