- Ley
- Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
- Artículo
- 180
Artículo 180 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de salud) va a ayudar a atender a las personas con VIH, SIDA u otras infecciones de transmisión sexual. Esto lo hará apoyando en crear planes y herramientas para prevenir estas enfermedades y cuidar a quienes las tienen. También promoverá que se hagan acciones de prevención en la Ciudad de México. Además, buscará que el gobierno, las empresas y la sociedad trabajen juntos en estos programas. Finalmente, ayudará a que las personas afectadas puedan integrarse a la vida social sin ser discriminadas.
Texto oficial
Artículo 180.- Para la atención de las personas afectadas por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH), Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y otras Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), la Secretaría coadyuvará en: I. El desarrollo de los mecanismos y las herramientas necesarias para el diseño de políticas públicas en materia de prevención y atención a las personas afectadas por el Virus de Inmunodeficiencia Humana, Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida y otras Infecciones de Transmisión Sexual; II. El establecimiento de las condiciones necesarias para la creación y la ejecución de estrategias y programas, de prevención y atención integral del VIH/SIDA y otras ITS; III. La promoción para la realización de las acciones necesarias en materia de prevención y atención integral del VIH/SIDA y otras ITS en el Distrito Federal; IV. La vinculación entre los sectores público, social y privado en los programas de prevención y atención integral del VIH/SIDA y otras ITS; V. El fomento en la prevención del VIH/SIDA y otras ITS, mediante la participación de todos los sectores involucrados; y VI. La implementación de mecanismos tendientes a la integración social de las personas afectadas por el VIH/SIDA, y otras ITS;
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.