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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ley-salud-distrito-federal/181
Ley
Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Artículo
181

Artículo 181 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 181 dice que, para todo lo relacionado con el programa de VIH-SIDA de la Ciudad de México, se deben seguir las reglas que ya están escritas en la Norma Oficial Mexicana. Esta norma es un documento oficial que explica cómo prevenir y controlar el VIH. En pocas palabras, el programa no inventa sus propias reglas, sino que usa lo que ya dice la norma para proteger tu salud.

Texto oficial

Artículo 181.- Para los efectos del Programa de VIH-SIDA del Distrito Federal a cargo de la Secretaría, se estará a lo establecido en la Norma Oficial Mexicana, para la prevención y control de la infección por Virus de la Inmunodeficiencia Humana.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.