- Ley
- Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
- Artículo
- 221
Artículo 221 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a crear programas y hacer acuerdos con hospitales y clínicas del gobierno y privados, para que las personas de la tercera edad puedan ir a consultas y recibir atención médica del Sistema de Salud. Esto significa que si eres una persona adulta mayor, puedes acceder a servicios médicos (como revisiones o tratamientos) sin que te pongan trabas, gracias a estos convenios entre las instituciones.
Texto oficial
Artículo 221.- La Secretaría, implementará programas y concertará convenios con las instituciones de salud del Gobierno Federal y las de iniciativa privada, a fin de que las personas adultas mayores puedan tener acceso a los servicios de atención médica que proporciona el Sistema de Salud.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.