- Ley
- Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
- Artículo
- 244
Artículo 244 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría tiene la obligación de cuidar tu salud cuando haya peligros por la contaminación del aire, el agua o el suelo. Para eso, va a tomar acciones concretas y hacer actividades que eviten o reduzcan los daños que el medio ambiente te pueda causar. En pocas palabras, si hay un riesgo ambiental que te pueda enfermar, el gobierno debe intervenir para protegerte.
Texto oficial
Artículo 244.- Para los efectos de este Reglamento, la Secretaría implementará las medidas y realizará las actividades tendientes a la protección de la salud, ante los riesgos y daños provocados por las condiciones ambientales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.