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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ley-salud-distrito-federal/269
Ley
Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Artículo
269

Artículo 269 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de salud) tiene la responsabilidad de crear y poner en marcha programas para evitar accidentes en la casa, la escuela, el trabajo y los lugares públicos. También debe desarrollar acciones para controlar esos accidentes cuando ocurran. Esto aplica a cualquier persona, desde niños hasta adultos.

Texto oficial

Artículo 269.- La Secretaría elaborará y desarrollará, los programas y acciones de prevención y control de accidentes en el hogar, la escuela, el trabajo y los lugares públicos. CAPÍTULO XXV Disposiciones para la prestación de servicios de Rehabilitación

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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