- Ley
- Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
- Artículo
- 294
Artículo 294 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo solo dice que, para todo lo que tenga que ver con donar y trasplantar órganos y tejidos en la Ciudad de México (antes Distrito Federal), se deben seguir las reglas de la ley federal, su reglamento y las Normas Oficiales Mexicanas. O sea, no hay reglas locales aparte; lo que aplica es lo que dice el país entero. Te repite que el tema de donaciones y trasplantes ya está regulado a nivel nacional. Así que, si quieres saber cómo donar o recibir un órgano, tienes que checar esas leyes generales.
Texto oficial
Artículo 294.- Para los efectos de este Reglamento, todo lo relacionado a la donación y trasplantes en el Distrito Federal de órganos y tejidos de seres humanos con fines terapéuticos, se regirá conforme a lo establecido en la Ley General, su reglamento y las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes. CAPÍTULO XXVII Centro de Transfusión Sanguínea del Distrito Federal
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.