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Ley
Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Artículo
295

Artículo 295 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo define tres palabras clave para que no haya confusiones al leer el capítulo. "Centro" se refiere específicamente al lugar oficial de la Ciudad de México donde se maneja la sangre para transfusiones. "Sangre" la define como un tejido líquido del cuerpo que incluye todos sus componentes, como glóbulos rojos, blancos y plaquetas. Y "Tejido" lo explica como un grupo de células iguales que están organizadas y trabajan juntas para hacer una misma función, como el músculo o la piel. Básicamente, es como un glosario para entender mejor el resto de las reglas.

Texto oficial

Artículo 295.- Para los efectos de este capítulo, se entiende por: I. Centro: El Centro de Transfusión Sanguínea del Distrito Federal; II. Sangre: Tejido hemático con todos sus elementos; y III. Tejido: Entidad morfológica compuesta por la agrupación de células de la misma naturaleza, ordenadas con regularidad y que desempeñan la misma función.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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