- Ley
- Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
- Artículo
- 31
Artículo 31 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo se reúne de manera normal cada cuatro meses, pero también puede juntarse de forma urgente cuando haya un tema muy importante que atender. En cada reunión tienen que hacer un acta (un documento escrito) con todos los detalles de lo que se trató y acordó. Esa acta se les debe enviar a todos los participantes en cuanto esté lista, para que estén enterados.
Texto oficial
Artículo 31.- El Consejo sesionará en forma ordinaria cuatrimestralmente y en forma extraordinaria cuando la importancia de algún asunto así lo requiera. En cada sesión deberá levantarse acta debidamente circunstanciada que será enviada oportunamente a los participantes. CAPÍTULO IV De la Secretaría de Salud del Distrito Federal
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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