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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ley-salud-distrito-federal/314
Ley
Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Artículo
314

Artículo 314 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad de México, junto con la Secretaría de Desarrollo Rural y las comunidades indígenas, van a colaborar para hacer programas que rescaten la medicina tradicional mexicana. Esto quiere decir que van a trabajar juntos para cuidar y promover los remedios naturales y las prácticas de sanación que usan las comunidades indígenas. No se trata de inventar nada nuevo, sino de recuperar lo que ya se sabe y se ha usado por generaciones. Así, se busca que esa sabiduría no se pierda y se pueda seguir usando legalmente.

Texto oficial

Artículo 314.- La Secretaría, la SEDEREC, los pueblos originarios y comunidades indígenas del Distrito Federal, participarán en la elaboración de programas de recuperación de la medicina tradicional mexicana.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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