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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ley-salud-distrito-federal/322
Ley
Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Artículo
322

Artículo 322 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La COFEPRIS, que es la autoridad sanitaria del gobierno federal, es la que se encarga de poner orden y revisar las medicinas alternativas como las hierbas medicinales (herbolarios), la homeopatía y los aparatos o equipos médicos que se usan para tratamientos. Esto significa que cualquier producto de este tipo que se venda en México debe cumplir con las reglas que pone esta comisión, para que sea seguro para ti. Para hacer esta labor, hay un departamento especial dentro de la COFEPRIS que evalúa estos productos antes de que puedas comprarlos.

Texto oficial

Artículo 322.- La Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), es la encargada de regular las medicinas alternativas, a través del departamento de evaluación de medicamentos herbolarios, homeopáticos y el área de dispositivos médicos.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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