- Ley
- Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
- Artículo
- 323
Artículo 323 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para dedicarte a la herbolaria, la quiropráctica o la naturoterapia como profesional de la medicina, necesitas tener un título universitario o un certificado de especialidad. Ese documento tiene que haber sido emitido y registrado de manera legal por las autoridades de educación que correspondan. En otras palabras, no puedes ponerte a dar consultas o tratamientos en estas áreas si no compruebas que estudiaste y te titulaste formalmente. Es como la regla para cualquier médico: deben acreditar sus estudios con papeles oficiales.
Texto oficial
Artículo 323.-Para el ejercicio de actividades profesionales en el campo de la medicina, en las materias de herbolaria, quiropráctica y naturoterapia, se requiere que los títulos profesionales o certificados de especialización, que hayan sido legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.