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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ley-salud-distrito-federal/323
Ley
Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Artículo
323

Artículo 323 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para dedicarte a la herbolaria, la quiropráctica o la naturoterapia como profesional de la medicina, necesitas tener un título universitario o un certificado de especialidad. Ese documento tiene que haber sido emitido y registrado de manera legal por las autoridades de educación que correspondan. En otras palabras, no puedes ponerte a dar consultas o tratamientos en estas áreas si no compruebas que estudiaste y te titulaste formalmente. Es como la regla para cualquier médico: deben acreditar sus estudios con papeles oficiales.

Texto oficial

Artículo 323.-Para el ejercicio de actividades profesionales en el campo de la medicina, en las materias de herbolaria, quiropráctica y naturoterapia, se requiere que los títulos profesionales o certificados de especialización, que hayan sido legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.