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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ley-salud-distrito-federal/345
Ley
Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Artículo
345

Artículo 345 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Agencia es la encargada de checar que se cumpla este Reglamento y todas las reglas que se emitan después. Vigilar significa que va a supervisar y asegurarse de que nadie se salte las normas. En otras palabras, la Agencia es como el supervisor o la autoridad que pone orden.

Texto oficial

Artículo 345.- Corresponde a la Agencia, la vigilancia del cumplimiento de este Reglamento y demás disposiciones que se dicten.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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