- Ley
- Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
- Artículo
- 349
Artículo 349 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 349 dice que todos los pasos para aplicar un castigo o una medida de seguridad tienen que seguir lo que marca la ley al pie de la letra. En otras palabras, si te imponen una sanción, todo el proceso debe hacerse conforme a las reglas establecidas, sin atajos ni decisiones fuera de lo legal. Además, este artículo está dentro de una sección que habla sobre el "Recurso de Inconformidad", que es un derecho que tienes para quejarte si consideras que algo no se hizo correctamente.
Texto oficial
Artículo 349.-Los procedimientos para la aplicación de las medidas de seguridad y sanciones se ajustarán a lo establecido en la Ley. CAPÍTULO XXXV Del Recurso de Inconformidad
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.