- Ley
- Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
- Artículo
- 53
Artículo 53 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres un doctor, dentista, enfermero o cualquier profesionista de la salud que trabaja por tu cuenta (no en un hospital), tienes la obligación de mostrarle a la gente tu título, tus diplomas y todos los papeles que comprueben que eres un experto. Esto quiere decir que en tu consultorio o negocio debe haber a la vista del público los documentos que demuestren que sí estudiaste y tienes permiso para ejercer. Así la gente puede verificar que estás bien preparado antes de recibir tus servicios. Es una forma de generar confianza y demostrar que trabajas legalmente.
Texto oficial
Artículo 53.- Quienes ejerzan actividades profesionales, técnicas y auxiliares de las disciplinas para la salud en forma independiente, deberán poner a la vista del público su título profesional, certificados, diplomas y en general, los documentos correspondientes que lo acrediten como tal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.