Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ley-voluntad-anticipada-distrito-federal/16
Ley
Reglamento de la Ley de Voluntad Anticipada para el Distrito Federal
Artículo
16

Artículo 16 del Reglamento de la Ley de Voluntad Anticipada para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 16 dice que el formato para el registro de cuidados paliativos debe incluir: un número de control que asigna la autoridad; los datos del hospital (nombre, dirección y área de atención); los datos del paciente terminal (como nombre, edad, diagnóstico y nacionalidad); los datos de la persona que firma por él (llamado suscriptor, que es un familiar o representante); y si el paciente o el suscriptor acepta o no donar órganos y tejidos. También pide los datos de los testigos y representantes, espacio para observaciones, la fecha y hora de la firma, y las firmas (o huella digital) de todos los que participan. Básicamente, es una lista de toda la información que debe llenarse en ese documento oficial.

Texto oficial

Artículo 16. El Formato contendrá los siguientes elementos: I. Número de control que asigne la Coordinación Especializada para su registro;   II. Datos de la Institución de Salud: nombre de la institución, domicilio y área de atención; III. Datos del enfermo en etapa terminal: nombre completo, domicilio, número telefónico, edad, sexo, estado civil, identificación oficial, nacionalidad, ocupación, número de expediente clínico y diagnóstico terminal;   IV. Los datos del suscriptor: Nombre completo, domicilio, número telefónico, edad, sexo, estado civil, identificación oficial, nacionalidad, ocupación y parentesco;   V. La manifestación voluntaria del enfermo en etapa terminal o en su caso del suscriptor de aceptar o no donar órganos y tejidos;   VI. Datos del representante y los testigos: Nombre completo, domicilio, número telefónico, edad, sexo, estado civil, identificación oficial, nacionalidad y ocupación;   VII. Observaciones; y   VIII. Fecha y hora de la suscripción del Formato; IX. Las firmas de los participantes y en su caso, la huella digital.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Voluntad Anticipada para el Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.