- Ley
- Reglamento para la Liquidación del Patrimonio de las Asociaciones Políticas de la Ciudad de México
- Artículo
- 14
Artículo 14 del Reglamento para la Liquidación del Patrimonio de las Asociaciones Políticas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las notificaciones personales son como cuando te entregan un aviso importante en mano. Según este artículo, ese aviso se te dará en la dirección oficial de tu partido político o en el domicilio que hayas registrado para eso.
Texto oficial
Artículo 14. Lugar para la práctica de las notificaciones personales. Las notificaciones personales se practicarán en el domicilio del Partido Político, o bien, en el que haya proporcionado el Partido.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.