- Ley
- Reglamento para la Liquidación del Patrimonio de las Asociaciones Políticas de la Ciudad de México
- Artículo
- 15
Artículo 15 del Reglamento para la Liquidación del Patrimonio de las Asociaciones Políticas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien te cita para que vayas a hacer un trámite legal (como a una audiencia o reunión), la autoridad debe avisarte en persona por lo menos tres días hábiles antes del día y hora fijados. Esto es para que tengas tiempo de prepararte. Pero si otra ley dice algo diferente, se aplica esa regla especial en lugar de esta.
Texto oficial
Artículo 15. Plazo para notificación de práctica de diligencias. Cuando el acto a notificar entrañe una citación o un plazo para la práctica de una diligencia se notificará personalmente, al menos con tres días hábiles de anticipación al día y hora en que se haya de celebrar la actuación, salvo disposición legal expresa en contrario.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.