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Ley
Reglamento para la Liquidación del Patrimonio de las Asociaciones Políticas de la Ciudad de México
Artículo
34

Artículo 34 del Reglamento para la Liquidación del Patrimonio de las Asociaciones Políticas de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un partido político está en "etapa de reserva" (un periodo especial donde se revisan sus finanzas), la persona responsable tiene que cumplir varias obligaciones. En los primeros 10 días después de que le avisen, debe entregar un informe detallado de sus ingresos y gastos a la Unidad de Fiscalización, siguiendo un formato específico. También tiene que recuperar los préstamos que haya dado, suspender pagos (excepto sueldos, impuestos y deudas con garantía) y solo hacer gastos básicos como renta, servicios o papelería. Además, debe seguir atendiendo su puesto y responder a cualquier solicitud de información o de las autoridades que estén supervisando el proceso.

Texto oficial

Artículo 34. Obligaciones del Responsable. Durante la etapa de reserva la o el Responsable tendrá las obligaciones siguientes: I. Dentro de los diez días siguientes a la notificación del inicio de la etapa de reserva, presentar a la Unidad de Fiscalización el Informe de Ingresos y Gastos, en los términos del Anexo PPL1 establecido en el presente Reglamento, mismo que se someterá al procedimiento de revisión respectivo; II. Adjuntar copia de los últimos Informes que en materia de fiscalización haya presentados (sic), a la Unidad Técnica de Fiscalización del INE, los oficios de notificación de errores u omisiones emitidos por dicha autoridad, así como los oficios de respuesta respectivos; III. Deberá recuperar los préstamos, anticipos y depósitos otorgados; IV. Deberá suspender los pagos respecto de las obligaciones contraídas con anterioridad, con excepción de aquéllas de carácter laboral, fiscal y en las que se haya otorgado garantía y establezcan penas convencionales, en tanto la o el Interventor asume sus funciones; V. Deberá realizar solo aquellas operaciones indispensables para el sostenimiento ordinario del Partido Político, exclusivamente los pagos por concepto de: rentas, agua, luz, teléfono, internet, papelería, gasolina, pasajes en la Ciudad de México, servicios de mantenimiento y vigilancia, así como los necesarios para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Código; VI. Desempeñar el cargo o comisiones que le fueron asignados; VII. Atender las solicitudes y requerimientos de la o el Interventor, el Grupo de Trabajo y de la Unidad de Fiscalización; VIII. Deberá dar respuesta a las solicitudes de información en materia de transparencia, hasta la conclusión del procedimiento de liquidación; y IX. Todas aquellas que fueran necesarias para cumplir con el objeto establecido por el artículo 1 del presente Reglamento.

Ver texto oficial del Reglamento para la Liquidación del Patrimonio de las Asociaciones Políticas de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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