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Ley
Reglamento para la Liquidación del Patrimonio de las Asociaciones Políticas de la Ciudad de México
Artículo
64

Artículo 64 del Reglamento para la Liquidación del Patrimonio de las Asociaciones Políticas de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Unidad de Fiscalización le va a entregar a la Comisión de Fiscalización un documento importante que se llama "Dictamen de Cierre de Liquidación". Ese documento explica cómo quedaron las cuentas y los bienes de un partido político después de que terminó su proceso de cierre. Es como cuando un negocio cierra y alguien revisa que todo esté en orden con el dinero y lo que tenía. La Comisión lo va a revisar para tomar decisiones al respecto. En pocas palabras, es el paso final para cerrar oficialmente los asuntos económicos del partido.

Texto oficial

Artículo 64. Presentación del Dictamen a la Comisión de Fiscalización. La Unidad de Fiscalización someterá a la consideración de la Comisión de Fiscalización el Dictamen (sic) Cierre de liquidación del patrimonio del Partido Político.

Ver texto oficial del Reglamento para la Liquidación del Patrimonio de las Asociaciones Políticas de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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