- Ley
- Reglamento para la Liquidación del Patrimonio de las Asociaciones Políticas de la Ciudad de México
- Artículo
- 64
Artículo 64 del Reglamento para la Liquidación del Patrimonio de las Asociaciones Políticas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Unidad de Fiscalización le va a entregar a la Comisión de Fiscalización un documento importante que se llama "Dictamen de Cierre de Liquidación". Ese documento explica cómo quedaron las cuentas y los bienes de un partido político después de que terminó su proceso de cierre. Es como cuando un negocio cierra y alguien revisa que todo esté en orden con el dinero y lo que tenía. La Comisión lo va a revisar para tomar decisiones al respecto. En pocas palabras, es el paso final para cerrar oficialmente los asuntos económicos del partido.
Texto oficial
Artículo 64. Presentación del Dictamen a la Comisión de Fiscalización. La Unidad de Fiscalización someterá a la consideración de la Comisión de Fiscalización el Dictamen (sic) Cierre de liquidación del patrimonio del Partido Político.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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